RIESGOS BÁSICOS P Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria para embarcaciones de recreo, que exige el Real Decreto 607/1.999 de 16 de abril y/o, en su caso, Responsabilidad Civil de carácter voluntario. P Asistencia en viaje RIESGOS OPCIONALES P Responsabilidad Civil hacia terceros P Daños materiales de la embarcación P Efectos personales P Accidentes personales de los ocupantes de la embarcación MODALIDADES DE CONTRATACIÓN A.- Seguro de suscripción obligatoria. B.- Seguro de suscripción obligatoria y voluntario hasta 450.759,08 Euros. C.- Seguro de suscripción obligatoria y voluntario hasta 601.012,10 Euros. COBERTURAS P Muertes o lesiones corporales de terceras personas. P Daños materiales a terceros. P Pérdidas económicas sufridas por terceros que sean consecuencia directa de los daños P Daños a buques por colisión o sin contacto. P Fianzas y gastos judiciales 1 Daños materiales de la embarcación P Pérdida total o abandono P Pérdida total constructiva P Gastos de salvamento P Remoción de restos P Robo P Reembolso de gastos P Averías particulares 2 Efectos personales P Daños causados a los efectos personales a bordo de la embarcación asegurada. P Pérdida total subsiguiente P Daños consecuencia directa de la avería particular de la embarcación. P Robo 3 Accidentes personales de los ocupantes de la embarcación Accidentes sufridos por: - Ocupantes embarcación - Esquiador/es náuticos remolcados Que produzcan: - Muerte - Invalidez Permanente
4 Asistencia en viaje para embarcaciones de recreo Mediante esta cobertura de asistencia se da servicio a los Asegurados en las muy diversas contingencias que pueden surgir del uso de la embarcación. 4.1 Riesgos a las personas P Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos. P Repatriación o transporte de los miembros de la familia. P Transporte o repatriación de menores. P Regreso anticipado (en razón de fallecimiento del cónyuge, ascendiente o descendiente en primer grado, hermano o hermana del Asegurado). P Desplazamiento de un acompañante familiar junto al Asegurado hospitalizado. P Repatriación o transporte del Asegurado fallecido. P Pago o reembolso de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalización en el extranjero hasta 3.305,57 Euros. P Inmovilización en un hotel (por enfermedad o heridas), hasta 48,08 Euros diarios y con un límite de 480,81 Euros. P Ayuda a la localización y envío de equipajes. P Envío y/o reenvío de objetos olvidados y/o robados en el transcurso de un viaje por el extranjero. (Organización del envío y su coste, hasta un límite de 120,20 Euros). P Transmisión de mensajes urgentes derivados de las Garantías. P Adelanto de fondos en el extranjero (hasta un máximo de 601,01 Euros). 4.2 Riesgos de la embarcación P Envío de repuestos. P Vigilancia de la embarcación, con motivo de robo y hasta 48 horas. P Transporte terrestre o asistencia técnico - mecánica de la embarcación (hasta un límite de 300,51 Euros). P Gastos de custodia para la embarcación accidentada o averiada (hasta un límite de 150,25 Euros) P Servicio de conexión al Asegurado con reparadores, instaladores y profesionales varios. P Servicio al Asegurado en caso de inmovilización de la embarcación por avería o accidente (gastos de hotel con un límite de 48,08 Euros noche y 480,81 Euros total por Asegurado o transporte o repatriación de los Asegurados). P Si el tiempo de reparación es superior a 48 horas y el Asegurado no hace uso del servicio anterior, pago gastos regreso a su domicilio, bien por línea regular o con coche de alquiler, con un límite de 300,51 Euros. P Retorno del Asegurado para recoger la embarcación reparada “in situ” o recuperada después de un robo. P Servicio a los Asegurados en caso de robo de la embarcación. P Asistencia por accidente de algún Asegurado en la embarcación (envío de una enfermera para asistir al accidentado hasta un máximo de 72 horas, envío de medicamentos prescritos). PRESUPUESTO ON-LINE Volver |