Objeto del Seguro En los términos y condiciones consignados en la Póliza, el Asegurador toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en las Condiciones Particulares de la presente Póliza. Prestaciones Dentro siempre de los límites fijados en las Condiciones Particulares, correrán por cuenta del Asegurador: P El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad civil del Asegurado. P El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonará en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer el Asegurador, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la responsabilidad del Asegurado en el siniestro. P La constitución de las fianzas judiciales exigidas al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil. No responderá el Asegurador del pago de multas o sanciones, ni de las consecuencias de su impago. PRESUPUESTO ON-LINE Volver |